Micelio
Auto24 de noviembre de 2021

A- de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Tema · dato duro
Controversias Relacionadas Con El Recobro De Prestaciones No Incluidas En El Plan De Beneficios De Salud-Pbs.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 5 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 64 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

Esta controversia inicia cuando la Entidad Promotora de Salud Aliansalud S.A interpone demanda ordinaria laboral en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La demandante tiene como pretensiones la indemnización de perjuicios como el lucro cesante y el daño emergente causados por el rechazo al reconocimiento y pago de unas solicitudes de recobros correspondientes a las prestaciones no incluidas en el POS.

La Corte procede a estudiar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y aplica la regla de decisión fijada en el Auto 389/21, a través de la cual estableció que, las controversias judiciales relacionadas con recobros no corresponden a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del CPTSS, ya que no se relacionan en estricto sentido con la prestación de los servicios de la seguridad social, y únicamente aluden a litigios entre entidades administradoras del Sistema Integral de Seguridad Social en Salud.

En la misma providencia definió que el trámite de recobro constituye un verdadero procedimiento administrativo, el cual culmina con la expedición de un acto administrativo que consolida o niega la existencia de una obligación.

Con base en lo anterior se ordena el envío del expediente al Juzgado 64 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá D.C., para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 5 Laboral del Circuito de Bogota y el Juzgado 64 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juez 64 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogota D.C. es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por la Entidad Promotora de Salud E.P.S. Aliansalud S.A. en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES-.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-618 al Juzgado 64 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogota D.C. para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y al Juzgado 5 Laboral del Circuito de esa misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.